Donataria Autorizada
La Fundación JOC obtuvo la calidad de donataria autorizada en 2019 y desde entonces la ha conservado. A continuación, explicamos breve y claramente qué significa esto y los beneficios que conlleva.
REQUISITOS, OBLIGACIONES FISCALES, BENEFICIOS PARA EL DONANTE Y LA FUNDACIÓN.
Ser Donataria Autorizada implica que el SAT (Servicio de Administración Tributaria) autoriza a la institución a otorgar recibos deducibles de impuestos a cambio de donaciones en especie o económicas.
Llegar a ser donataria autorizada conlleva procesos y beneficios antes, durante y después de la extensión. Para solicitar esta aprobación, se requieren diversos documentos entre ellos: Acta Constitutiva, Estatutos Vigentes, carta certificada que acredite al representante legal, etc.
Una vez extendida la autorización la Institución o Fundación en México debe cumplir con:
OBLIGACIONES FISCALES
- Destinar sus activos exclusivamente a los propósitos propios de su objeto social
- Presentar declaración anual a más tardar el 15 de febrero de cada año
- Presentar declaración mensual a más tardar el día 17 de cada mes
- Proporcionar a más tardar el 15 de febrero de cada año información sobre las personas a las que hubieran otorgado donativos en el año anterior
- En ningún caso las donatarias autorizadas pueden destinar más de 5% de los donativos que perciban para cubrir gastos de administración.
- Durante los meses de noviembre y diciembre deben poner a disposición del público en general la información relativa a la transparencia y al uso y destino de los donativos recibidos en los dos ejercicios inmediatos anteriores.
Mantener en su domicilio fiscal a disposición del público en general los originales y copias de los siguientes documentos:
- Los relativos al cumplimiento de las obligaciones fiscales de los últimos tres años.
- Los relacionados con la autorización para recibir donativos deducibles.
- Los referentes al uso y destino que se haya dado a los donativos recibidos
- Llevar contabilidad simplificada mediante un libro de ingresos, egresos y registro de inversiones y deducciones
- Expedir recibos por los donativos que reciban, en efectivo o en especie.
- Expedir comprobantes CFDI cuando vendan o enajenen bienes, presten servicios o renten bienes y conservar una copia de los mismos a disposición de las autoridades fiscales, etc.
BENEFICIOS PARA LA FUNDACIÓN
- Tributa para efectos fiscales como persona moral con fines no lucrativos
- Inclusión como donataria autorizada En el Diario Oficial de la Federación
- No paga el impuesto empresarial a tasa única
- Puede recibir donativos sin límite
- Con previa autorización, no paga impuestos al comercio exterior por la entrada al país de mercancías que sean donadas para ser destinadas a fines culturales, de enseñanza, de investigación, de salud pública o de servicio social, y que pasen a formar parte de su patrimonio, siempre que el donante sea residente en el extranjero
BENEFICIOS PARA EL DONANTE
- Inversión social segura
- El donante (personas físicas o morales) puede deducir hasta un 7% de la utilidad fiscal obtenida en el ejercicio inmediato anterior a aquel en el que se efectúe la deducción.
- En el caso de donativos en especie, pueden deducir el importe que corresponda de conformidad con las disposiciones fiscales.
¿Qué es CLUNI?
Desde 2020 Fundación JOC orgullosamente cuenta con el CLUNI, nuestra siguiente meta es participar activamente en la obtención de sus beneficios.
¿QUE ES CLUNI?
El Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil asigna a las organizaciones una Clave Única de Inscripción -denominada CLUNI- y con ello el derecho de acceder a apoyos y estímulos públicos; a gozar de incentivos fiscales y demás apoyos económicos y administrativos; a recibir donativos y aportaciones, en términos de las disposiciones fiscales y demás ordenamientos aplicables; a acceder a los beneficios para las organizaciones que se deriven de convenios o tratados internacionales, y a recibir asesoría, capacitación y colaboración por parte de dependencias y entidades para el mejor cumplimiento de su objeto y actividades, en el marco de los programas que al efecto formulen dichas dependencias y entidades, entre otros.
Cualquier organización puede obtener gratuitamente la CLUNI, si tu organización está legalmente constituida, no persigue fines de lucro, y si no hace proselitismo partidista, político-electoral o religioso.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA OBTENER EL CLUNI?
- Acta constitutiva
- Documento notariado vigente que acredite la personalidad y ciudadanía del o los representantes legales
- Identificación oficial vigente del o los representantes legales (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional)
- Cédula de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes
- Comprobante del domicilio legal de la organización (formato de solicitud de inscripción al RFC o Aviso de Modificación de Situación Fiscal en donde figure en nuevo domicilio según corresponda)
- Acta protocolizada que refleje la o las modificaciones más recientes, si fuera el caso
Es importante que las organizaciones consideren que su acta constitutiva o última protocolización incluya lo siguiente:
- Que tienen por objeto social, realizar alguna de las actividades consideradas objeto de fomento, conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de esta Ley
- Que destinarán los apoyos y estímulos públicos que reciban, al cumplimiento de su objeto social
- Que no distribuirán entre sus asociados remanentes de los apoyos y estímulos públicos que reciban
- Qué en caso de disolución, transmitirán los bienes obtenidos con dichos apoyos y estímulos, a otra u otras organizaciones cuya inscripción en el Registro se encuentre vigente, de acuerdo con lo previsto en la fracción VIII del artículo 7 de la Ley.